«Estamos ante un fallo histórico. No solo por la condena sino porque se fijó la inhabilitación por un año para quien hizo efectiva la pulverización de forma aérea», opinó Patricio Eleisegui, autor de Envenenados: Una bomba química nos extermina en silencio.
Se trata del primer dictamen en la Argentina en torno a la protección de docentes y alumnos rurales frente al uso irrestricto de agrotóxicos.
De esta forma, la Justicia hizo lugar al pedido de la Fiscalía de responsabilizar al presidente de la empresa fumigadora de Villaguay Aero Litoral SA, Erminio Bernardo Rodríguez, al dueño del campo de arroz y maíz que contrató el servicio, José Mario Honecker, y al piloto que manejaba la aeronave, César Martín Visconti, por “lesiones leves culposas y contaminación ambiental culposa”, tras realizar pulverizaciones en los alrededores de la escuela en horario de clase.
Desde el inicio de la causa, a Honecker se le acusó de haber contratado los servicios de Aero Litoral para el campo ubicado entre los kilómetros 7 y 11, de la zona rural de localidad de Santa Anita, con empleo de productos químicos calificados como residuos peligrosos por la ley nacional Nº 24.051.
En el expediente figura que la labor de fumigación estuvo a cargo de César Martín Visconti, precisamente de Aero Litoral. La firma en cuestión estaba presidida por Erminio Rodríguez en el momento en que se llevó a cabo la aplicación de agrovenenos junto al establecimiento escolar.
A la sentencia en cuestión se llega a partir de la denuncia de la docente Mariela Leiva y desde la campaña “Paren de Fumigar las Escuelas”, encabezada por la filial Basavilbaso, seccional Uruguay de la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (Agmer).
Leiva denunció fumigaciones y haber sufrido contaminación con pesticidas mientras trabajó en la escuela N° 44 entre 2008 y 2017.
En este marco, el Tribunal conformado por los jueces Fabián López Mora, Mariano Martínez y Mariela Emilce Rojas, condenó en la mañana de este martes a Honecker, Visconti y Rodríguez.